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Condiciones higiénico sanitarias de las casetas de la Feria de Día

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Con ocasión de fiestas patronales, mercados temáticos, etc, ha proliferado como reclamo turístico la colocación en la calle, por unos días, de “casetas” o chiringuitos en los que degustar comidas típicas de la zona o “pinchos de feria”.

Las carencias estructurales y de equipamiento, en este tipo de establecimientos, pueden elevar el factor de riesgo sanitario hasta niveles en los que se compromete la seguridad alimentaria de los productos. El titular debe cumplir una serie de requisitos sanitarios, imprescindibles, que harán que el consumidor tenga acceso a productos, con todas las garantías higiénicas y de seguridad.

Además de situar el puesto o caseta, en lugar autorizado por el ayuntamiento correspondiente, el titular del puesto debe garantizar la formación adecuada en materia de higiene y seguridad alimentaria del personal en contacto directo con los alimentos. Han de seguirse unos correctos hábitos de manipulación, y respetarse unas estrictas condiciones de higiene personal. 

Las condiciones higiénico sanitarias mínimas a exigir son, con carácter general:

- Las superficies que estén en contacto con los productos alimenticios deberán estar en buen estado, y ser fáciles de limpiar.

- Deberá disponerse de agua corriente o, al menos, de un depósito de agua potable con grifo, para el lavado de utensilios y personas.

- Habrá recipientes para eliminar los desperdicios dentro de la zona de elaboración de alimentos. En el exterior se dispondrán cubos de basura con bolsa, para eliminar los desperdicios generados por los consumidores, impidiendo que caigan a la vía pública y manteniendo ésta lo mas limpia posible en todo momento.

- Sólo se podrá utilizar vajilla desechable de plástico.

- Está prohibida la estancia de animales domésticos.

- Es obligatorio que todas las personas que trabajen en la elaboración o servicio de comidas, hayan recibido formación en Higiene Alimentaria y Manipulación de Alimentos.

- Está prohibido el vertido de aguas sucias en los alcorques de los árboles. 

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- La recogida de aceite usado debe realizarse por gestores autorizados para su recogida y tratamiento, estando prohibido, en todo caso, su vertido en alcantarillas.

- Existirá una cámara frigorífica de capacidad suficiente para la conservación de los productos perecederos, garantizando en todo momento la cadena de frío.

- Si existiese cocina, estará separada de la zona de venta al público, y tendrá ventilación directa al exterior. Las superficies de trabajo estarán siempre limpias, serán de material impermeable y de fácil limpieza.

- Si los alimentos se elaboran en la vía pública, la zona donde se preparen y cocinen estos no podrá ser de tierra, debiendo ser asfalto, acera o instalarse una superficie de suelo lisa fácilmente limpiable, y existirá una valla de separación entre la zona de fuego y el público.

- Todos los alimentos que se exponen en los mostradores deberán estar debidamente protegidos con vitrinas de cristal, o cualquier otro sistema que evite su contaminación. En caso necesario, se colocarán en una vitrina frigorífica.

- Los alimentos nunca estarán en contacto directo con el suelo.

- Se eliminarán los alimentos preparados y no consumidos en el día. Se prepararán los alimentos con la menor antelación posible a su consumo.

- Se acreditará el origen de los productos mediante facturas, tiques y etiquetas.

- Se prohíbe la elaboración y venta de mayonesas y cremas, y alimentos que las contengan, y los elaborados a partir de huevos (huevos, tortillas, etc.)

Se pide, por tanto, que el titular y los manipuladores sean consecuentes con la actividad que realizan, igual que si estuviesen en un establecimiento permanente, y al consumidor se le recomienda que sea igual de exigente con la higiene de los productos que le ofrecen. 

 

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